¿Qué documentación necesito para vender mi casa?

¿Qué documentación necesito para vender mi casa?

Si quieres vender tu casa, lo primero que tienes que hacer es preparar toda la documentación necesaria.

No esperes a que el posible comprador o el notario te solicite alguna documentación, esto lo único que hará será retrasar la venta de tu vivienda.

La venta de una casa es una operación de cierta envergadura y complejidad que requiere realizar una serie de trámites obligatorios si no queremos tener sustos en el futuro y recibir reclamaciones por desperfectos o sanciones por impuestos impagados.

Para poder realizar la venta de una vivienda, se necesitan presentar ciertos documentos. Algunos de estos “papeles” son necesarios y obligatorios en cualquier municipio de España. Otros dependerán de la comunidad autónoma donde se ubique la vivienda.

A la hora de vender una propiedad, es necesario presentar los documentos que demuestren que tú eres el titular de esa vivienda.

Estos son los documentos que vas a necesitar para poder vender tu vivienda (algunos debes tenerlos desde el principio del proceso, otros deberás solicitarlos días antes de la firma, ya que deben plasmar la realidad en el último momento):

  • Título de propiedad o Escritura de la casa. El principal documento donde cita el titular actual de la vivienda. Este documento se formaliza en la compraventa y está inscrito en el Registro de la Propiedad del lugar donde se sitúa la casa.
  • Documento Nacional de Identidad en vigor de todos los propietarios de la vivienda.
  • Nota simple del Registro de la Propiedad. La nota simple, que podemos obtener en el Registro de la Propiedad, acredita el nombre del propietario, y además incluye otra mucha información sobre la vivienda: descripción del inmueble, si está libre de cargas, hipotecas, afecciones urbanísticas, posibles usos del inmueble, etc. En este punto, se pueden generar discrepancias si la identidad del propietario no coincide con la del vendedor (la vivienda es fruto de una herencia o el propietario reside en el extranjero) .
  • El último recibo del IBI. A la hora de vender la casa, se debe presentar el último recibo pagado del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), impuesto que grava la titularidad de la propiedad. Hay que tener en cuenta que cuando se vende una vivienda, el IBI debe pagarlo el propietario del inmueble el día 1 de enero. En la operación de venta, el notario puede llegar incluso a solicitar los 5 últimos recibos pagados.
  • Certificado de solvencia con la comunidad de propietarios, que demuestra que no tienes deudas con la comunidad. (Esto es mejor que lo pidas unos días antes de la venta). Si la casa está situada en una comunidad de propietarios, se deberá presentar un certificado al administrador de la finca donde indique que no se tiene ninguna cuota de comunidad pendiente de pago. Este documento deberá estar debidamente firmado por el Administrador-Secretario, otorgando su visto bueno al Presidente de la comunidad.
  • Certificado de deuda pendiente, en caso de tener hipoteca (Esto también debes pedirlo en el último momento, pero sería bueno que hablaras con tu banco antes para saber cuánto tardan en dártelo). Si sobre la vivienda pesa un crédito hipotecario, deberemos tener el Certificado de Deuda Pendiente, en el que se especifica el importe que se debe en el momento de la transmisión de la vivienda. Y en el caso de que no exista hipoteca o quede pagada antes de la operación de venta, la Nota Simple deberá indicar que el inmueble se encuentra libre de cargas.
  • Certificado energético. Es imprescindible para publicar tu vivienda en cualquier portal. Según el Real Decreto 235/2013 de 5 de abril, es obligatorio este documento que indica la calificación energética que tiene la vivienda. Es lo que se conoce como “etiqueta energética”, que indica mediante una escala de siete letras de diferente color, de la A a la G, el nivel de eficiencia y ahorro energético en relación con las dimensiones del edificio. Incluso es necesario disponer de este certificado antes de poner el anuncio de la casa en venta. En caso de no tener este certificado, se puede sancionar con una multa de entre 300 y 6.000 euros. Hay que tener también en cuenta que este certificado tiene una validez de diez años desde el momento en el que se emite. Obtener el certificado energético es bastante rápido y económico, a través de un técnico homologado.
  • Planos de la vivienda.

Fuentes: deplace y Ampervillas

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