Certificado energético: qué cambia desde el 23 de julio de 2026

Los cambios en el certificado energético, aprobados por el Real Decreto 659/2025 y publicados en el BOE el 23 de julio de 2025, entraron en vigor doce meses después, el 23 de julio de 2026 (Fuente: Iberley, 23/07/2025; Housfy, 23/07/2026). La reforma amplía quién puede emitir el certificado y busca hacerlo más fiable, en un momento en que casi el 95% de las viviendas en venta o alquiler suspende en eficiencia energética (Fuente: idealista/news, 20/07/2026).

Qué cambia exactamente con el Real Decreto 659/2025

El Real Decreto 659/2025, de 22 de julio, modifica el RD 390/2021, que regula el certificado de eficiencia energética de los edificios. El objetivo declarado es ampliar el número de profesionales habilitados para emitir certificados, tanto en obra nueva como en edificios ya existentes (Fuente: Iberley, 23/07/2025). Hasta ahora esta tarea recaía casi en exclusiva en arquitectos e ingenieros con determinadas titulaciones. La norma abre la puerta a otros perfiles técnicos, algo que ha generado debate en el sector, como veremos más adelante.

El texto se publicó en el BOE el 23 de julio de 2025, pero su disposición final marcaba una entrada en vigor a los doce meses. Por eso el cambio real, el que afecta al día a día de compradores, vendedores y técnicos, se produjo el 23 de julio de 2026 y no antes (Fuente: caloryfrio.com, 24/07/2025; Housfy, 23/07/2026). Es un matiz importante: durante ese año de margen, el certificado energético siguió funcionando como hasta entonces.

Un calendario con varias fechas, no solo una

Conviene tener claro que la reforma no se aplica de golpe. Hay al menos cuatro momentos distintos que marcan su despliegue:

Fecha Qué ocurre
23 de julio de 2025 Publicación del RD 659/2025 en el BOE
Marzo de 2026 (8 meses después) El registro centralizado de certificados queda operativo
23 de julio de 2026 (12 meses después) Entrada en vigor efectiva del nuevo RD y ampliación de profesionales habilitados
30 de septiembre de 2026 Entran en vigor los nuevos documentos reconocidos: modelo de certificado, etiquetas y formato electrónico
Julio de 2027 (24 meses después) Se pone en marcha la evaluación de calidad de los certificados emitidos

Estos plazos están recogidos por la Oficina de Rehabilitación de Aparejadores de Madrid y por Certicalia, que fecha en el 21 de julio de 2026 la referencia a los nuevos documentos reconocidos. En la práctica, quien tramite un certificado energético a partir de octubre de 2026 verá un modelo distinto al que se usaba hasta ahora, con una etiqueta actualizada.

Por qué hacía falta este cambio

El dato que explica buena parte de la reforma es preocupante: casi el 95% del parque de viviendas en comercialización, ya sea en venta o en alquiler, suspende en certificación energética, según un análisis de idealista/news publicado el 20 de julio de 2026. Es decir, la inmensa mayoría de las casas que se ofrecen en el mercado tienen una calificación energética baja o directamente deficiente.

Ante ese panorama, no basta con exigir el certificado en cada operación. También hay que garantizar que ese papel refleja la realidad del edificio. De ahí que la reforma incorpore, además de más profesionales habilitados, un registro centralizado y una evaluación de calidad de los certificados a los 24 meses de la publicación de la norma. La idea es reducir los certificados poco rigurosos y dar más fiabilidad a un documento que, hoy por hoy, condiciona hipotecas, ayudas a la rehabilitación y decisiones de compra.

El recurso de los arquitectos ante el Tribunal Supremo

No todo el sector ha recibido bien la ampliación de profesionales habilitados. El Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España (CSCAE) decidió, en el pleno de consejeros del 24 de julio de 2025, interponer un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Supremo contra el Real Decreto 659/2025 (Fuente: caloryfrio.com / COAM, 30/07/2025). La decisión se tomó de forma unánime y defiende, según el propio consejo, la profesión y el interés general.

El fondo del debate es este: ¿basta con ampliar quién puede firmar un certificado energético para que estos sean más fiables, o el riesgo es el contrario, es decir, que se multipliquen certificados hechos con menos rigor técnico? El recurso ante el Supremo está en marcha y su resolución puede introducir cambios adicionales sobre lo que hoy sabemos de la norma.

Qué significa esto si estás vendiendo o comprando una casa

Para quien vende o compra una vivienda, el certificado energético sigue siendo obligatorio, como lo era antes de esta reforma. Lo que cambia es quién puede emitirlo y, a partir de septiembre de 2026, qué formato tiene. El trámite en sí no se complica: suele tardar entre 2 y 5 días, y forma parte del proceso habitual de venta, tal y como recoge pedrotorres10x.es en su artículo del 26 de agosto de 2025.

Hay un detalle que interesa especialmente a quien quiera pedir deducciones fiscales por mejoras de eficiencia energética. El certificado previo a las obras solo es válido para aplicar esas deducciones si no han pasado más de 2 años entre su emisión y el inicio de las obras (Fuente: Eleva Habitat, 14/02/2026). Si tu certificado es más antiguo, tendrás que renovarlo antes de empezar la reforma para no perder el beneficio fiscal.

Lo que conviene vigilar a partir de ahora

Con todos estos plazos en marcha, hay tres cosas que merece la pena tener presentes:

  • Si vas a certificar tu vivienda después de septiembre de 2026, es probable que te entreguen el nuevo modelo de certificado y etiqueta, no el anterior.
  • El registro centralizado, operativo desde marzo de 2026, permite comprobar con más facilidad si un certificado está registrado correctamente.
  • El recurso del CSCAE ante el Tribunal Supremo sigue abierto, así que no se puede descartar que la norma sufra ajustes en los próximos meses.

En cualquier caso, el certificado energético seguirá siendo un documento obligatorio para vender o alquilar, y su fiabilidad, con casi el 95% del parque suspendiendo hoy en eficiencia energética, es precisamente lo que esta reforma intenta mejorar.

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Preguntas frecuentes

¿El certificado energético que tengo ahora deja de valer con este cambio?

No. Los certificados emitidos antes de la entrada en vigor del nuevo RD, el 23 de julio de 2026, siguen siendo válidos durante el tiempo que les corresponda. Lo que cambia es quién puede emitir los nuevos a partir de esa fecha y, desde el 30 de septiembre de 2026, el modelo y la etiqueta que se usan (Fuente: Certicalia, 21/07/2026).

¿Quién puede hacer ahora el certificado energético de mi vivienda?

El Real Decreto 659/2025 amplía el número de profesionales habilitados para emitir certificados, tanto en obra nueva como en edificios existentes, más allá de los perfiles que podían hacerlo hasta ahora (Fuente: Iberley, 23/07/2025).

¿Cuánto tarda en tramitarse un certificado energético?

Entre 2 y 5 días, según recoge pedrotorres10x.es en agosto de 2025. Es un trámite habitual dentro del proceso de venta y no suele suponer un retraso importante en la operación.

¿Puede cambiar todavía más esta normativa?

Es posible. El CSCAE decidió, de forma unánime el 24 de julio de 2025, recurrir el Real Decreto 659/2025 ante el Tribunal Supremo, así que el resultado de ese recurso podría introducir modificaciones adicionales (Fuente: caloryfrio.com / COAM, 30/07/2025).

Fuentes

Publicado por Sókerim el 25/08/2026.

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